Cómo solicitar la devolución del capital sobrante del seguro de decesos: guía paso a paso
Cuando fallece un familiar, la mayoría de las familias asume que el capital contratado en el seguro de decesos se consume íntegramente en el sepelio. Sin embargo, en muchos casos el coste real de los servicios funerarios es inferior al límite económico fijado en la póliza. Vamos a tratar cómo solicitar la devolución del capital sobrante del seguro de decesos.
Si te encuentras en esta situación, debes saber que ese dinero restante no pertenece a la aseguradora ni a la empresa de pompas fúnebres. La devolución del capital sobrante del seguro de decesos es un derecho legal y económico garantizado por la normativa española para los herederos o beneficiarios.
¿Qué es el capital sobrante y qué dice la ley en España?
El seguro de decesos es un contrato de prestación de servicios, pero cuenta con un capital asegurado máximo asignado a cada asegurado. Este importe sirve para cubrir el féretro, velatorio, flores, traslados, tasas de enterramiento o incineración.
El artículo 106 bis de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro establece con total claridad que, si el coste efectivo de los servicios funerarios prestados es menor que la suma asegurada en la póliza, la entidad aseguradora está obligada a abonar la diferencia.
Esta obligación legal impide que las aseguradoras o funerarias retengan saldos no consumidos. Dicho exceso corresponde por derecho a las personas designadas legalmente como receptoras tras la despedida del familiar.
Paso a paso para reclamar el dinero sobrante del seguro
Aunque algunas compañías tramitan este abono de forma automática, en la práctica suele ser la familia quien debe solicitarlo expresamente. A continuación, te explicamos el proceso exacto que debes seguir para tramitarlo con éxito le devolución del capital sobrante del seguro de decesos.
- Pide la factura desglosada a la funeraria:
Solicita a la empresa de servicios funerarios una factura final detallada con IVA incluido. Debe reflejar cada concepto prestado: féretro, coche fúnebre, sala de tanatorio, nicho o cremación. - Revisa el capital garantizado en la póliza:
Comprueba en las condiciones particulares del seguro el capital actualizado para el año en curso. Resta el importe exacto de la factura funeraria a esa suma para determinar la cuantía real a devolver. - Reúne la documentación necesaria:
Prepara la documentación básica que acredita tanto el fallecimiento como tu derecho legal a percibir los fondos restantes de la póliza. - Presenta la solicitud formal por escrito:
Remite un escrito formal al departamento de siniestros de la aseguradora indicando el número de póliza, el desglose de costes y solicitando el ingreso del sobrante. Utiliza canales que dejen constancia fehaciente, como correo electrónico certificado o burofax si no responden. - Facilita el número de cuenta para la transferencia:
Aporta un certificado de titularidad bancaria de la cuenta donde los beneficiarios o herederos deseen recibir la liquidación económica.
Documentos que te exigirá la aseguradora
Para evitar demoras o requerimientos adicionales durante el expediente de liquidación, es aconsejable entregar el expediente completo desde el primer contacto. Las entidades aseguradoras suelen requerir:
- Copia del DNI del fallecido y de los herederos o solicitantes.
- Certificado literal de defunción expedido por el Registro Civil.
- Factura original desglosada del servicio funerario prestado con constancia de haber sido liquidada con cargo al seguro.
- Certificado de Actos de Última Voluntad y copia autorizada del testamento. Si no hubo testamento, se requerirá el acta notarial de declaración de herederos.
- Certificado de titularidad bancaria de la cuenta de abono.
¿Quién tiene derecho a percibir el capital sobrante?
El orden de prelación para cobrar el remanente económico depende de la estructura contractual de la póliza y de la condición de los intervinientes.
En primer lugar, si el tomador de la póliza sigue vivo (por ejemplo, un progenitor que aseguraba a toda la familia en una misma póliza familiar), el dinero suele reintegrarse al propio tomador, salvo designación expresa distinta.
En caso de que el propio tomador sea la persona fallecida, el importe sobrante corresponde a los beneficiarios designados en las condiciones particulares. Si no figura ningún beneficiario concreto, el remanente pasa a formar parte de la masa hereditaria y corresponde a los herederos legítimos.
¿Qué hacer si la aseguradora no responde o rechaza el pago?
A pesar de que la ley es taxativa, en ocasiones surgen discrepancias sobre conceptos extras facturados por la funeraria o demoras injustificadas en la respuesta de la compañía.
Si la entidad no contesta en un plazo razonable (generalmente inferior a un mes) o rechaza abonar la diferencia, debes presentar una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente o Defensor del Asegurado de la propia compañía.
Si la respuesta sigue siendo insatisfactoria o no contestan en el plazo legal de un mes, puedes elevar tu reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) adjuntando toda la documentación del caso.
Preguntas frecuentes sobre el sobrante en seguros de decesos
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el capital sobrante?
De acuerdo con el artículo 23 de la Ley de Contrato de Seguro, las acciones derivadas de un seguro de personas prescriben a los cinco años. No obstante, es conveniente iniciar la gestión en las semanas posteriores al entierro para agilizar los trámites.
¿Tributa este dinero en el Impuesto sobre Sucesiones?
Sí. Cuando el sobrante lo perciben los herederos legales tras la defunción del tomador, ese importe económico forma parte del caudal hereditario y debe incluirse en la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de la comunidad autónoma correspondiente.
Tienes toda la información sobre este tema en nuestro artículo Tributación y fiscalidad del capital sobrante en un seguro de decesos
¿Qué ocurre si el sepelio costó más que el capital asegurado?
Si la familia solicitó prestaciones no contempladas en póliza o servicios funerarios de mayor valor que rebasaron el capital disponible, la aseguradora no devolverá dinero y los familiares deberán asumir directamente la diferencia restante con la funeraria.
Conclusión: protege los derechos económicos de tu familia
Conocer el funcionamiento de la póliza y exigir la factura detallada tras el sepelio permite recuperar cantidades económicas que legítimamente corresponden a la familia. Conocer este derecho evita pérdidas innecesarias en momentos de vulnerabilidad.
Si tienes dudas sobre las coberturas de tu póliza actual o buscas una opción ajustada a tus necesidades y presupuesto familiar, en todosegurosdedecesos.com ponemos a tu disposición a especialistas independientes que te orientarán de forma personalizada y sin compromiso.
